Como órgano central de decisión y supervisión, el Consejo Universitario tiene la función de un consejo de vigilancia. Tiene una representación paritaria y, además de los miembros internos elegidos del Claustro, está compuesto por diez personalidades de la ciencia y la cultura, en particular de la empresa y la práctica profesional. Los miembros externos son nombrados por el Ministro de Ciencia. Esto significa que también pueden participar en la gestión universitaria expertos externos. Entre las tareas del Consejo se incluye la elección del Presidente y los Vicepresidentes. También adopta resoluciones sobre los reglamentos básicos, la planificación del desarrollo de la universidad y la introducción de nuevas titulaciones.